Qué debes hacer si eres autónomo y quieres cobrar más tras la jubilación

Qué debes hacer si eres autónomo y quieres cobrar más tras la jubilación

Este mes de diciembre ha comenzado con un nuevo disgusto en las cuentas de los autónomos: una nueva subida en la cuota mensual, que se suma a la que ya han pagado del mes anterior. Con una gran parte de los autónomos, sobre todo en la hostelería, a punto de cerrar sus negocios, y unas perspectivas poco halagüeñas de cara a la jubilación, muchos se cuestionan cuánto podrán cobrar y cómo aumentar lo que les queda de jubilación. Teniendo en cuenta, por si fuera poco, que la edad para el retiro de la vida laboral activa se ha alargado hasta los 67 años. Recopilamos aquí algunos consejos de la OCU para el autónomo que quiere cobrar más tras la jubilación. 

EL AS DE LOS AUTÓNOMOS PARA AUMENTAR SU JUBILACIÓN

El autónomo, ahora denominado freelance en el anglicismo cool del lenguaje laboral, cuando se da de alta, elige cuál es la base de cotización a la Seguridad Social que quiere tener. Siempre dentro de unos mínimos, que varían en función de la categoría profesional en la que se inscribe como empresario unitario -que es lo que es-. Así, del mismo modo que tienes uno límites mínimos de cotización, también puedes aumentar esta para que el día de mañana quede una jubilación decente. Al igual que en el caso de los asalariados, lo que percibe en el momento del retiro laboral se calcula directamente sobre lo cotizado.

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LA COTIZACIÓN, EL GASTO FIJO MENSUAL A DOMINAR

Cualquier autónomo paga a la Seguridad Social el 30,3% de la base de cotización que se elija. Este ingreso a lo público es fijo, y, de momento, no varía en función del nivel de ingresos. Aquellos que no están registrando ahora ingresos al tener su actividad parada, siguen pagando su cotización, si bien existen diversas ayudas para o bien aplazar o bien beneficiarse de exenciones. Por otra parte, el autónomo debe tener en consideración su edad actual, cuánto lleva cotizado y cuánto calcula que le resta para retirarse de la actividad laboral. En función de esto se calcula cuál es la base que más le conviene.

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EL AUTÓNOMO, LA COTIZACIÓN Y LA EDAD: CLAVES PARA LA JUBILACIÓN

Aumentar o no aumentar la base de cotización. Este es el dilema económico actual y de futuro con el que tiene que lidiar todo autónomo. ¿Aportar ahora más si va bien el negocio o esperar a estar más próximos a la jubilación para aumentar la cuota? Para los autónomos jóvenes (hasta 45 años, aproximadamente) se recomienda recurrir más a un plan de pensiones u otro tipo de coberturas a futuro que incrementar la cuota, y, a medida que se acerca el umbral de los veinte últimos años, pensar en incrementar el importe. A mayores, se ha de tener en consideración que el 1 de enero, entran en vigor cambios que afectan, y mucho, a los cálculos del autónomo.

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NUEVOS LÍMITES A LA COTIZACIÓN PARA EL AUTÓNOMO

Ya es una tradición para el autónomo comprobar cómo el cambio de año supone cambios importantes en los cálculos que había realizado de cara a la jubilación. Así, en 2021, tener más o menos de 47 años afectará a cuánto puedes cotizar como autónomo para que en el futuro cobres una jubilación por encima del salario mínimo interprofesional y tengas un retiro al menos económicamente solvente.

Quienes son menores de 47 años, y tengan una base de cotización igual o superior a 2.052 euros al mes, podrán aumentar su máximo cotizado hasta los 4040 euros. Si no llegas a ese mínimo, apenas tendrás ocasión de mejorar a futuro la jubilación.

Para los mayores de 48 años, por su parte, deberán optar por cotizar entre los límites de 1.018,50 y 2.077,80 euros mensuales, salvo si ya aportabas más.

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CUÁNTO COBRA UN AUTÓNOMO DE JUBILACIÓN SI NO AUMENTA SU COTIZACIÓN

Si bien los expertos recomiendan que los autónomos jóvenes opten los primeros años por la cotización mínima, a medida que se va acercando el momento de la retirada hay que aumentarla para no quedarte con una pensión insuficiente. De hecho, se ha de calcular que el autónomo debe haber cotizado al menos 20 años. Para cobrar el 100% de lo que te corresponde, habrás de tener al menos 36 años cotizados. Por debajo de estos años de pagos religiosos, se aplicará el porcentaje de reducción sobre el total, hasta el 50% que se percibe si solo has cotizado 20 años. La diferencia entre cotizar el mínimo siempre o cotizar el máximo a partir de los últimos 20 años supone un diferencial de 850 euros mensuales.

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Fuente: Judith C., Merca2

 

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