No puede excluirse de la bolsa de empleo a quien rechaza un trabajo con una jornada ilegal

No puede excluirse de la bolsa de empleo a quien rechaza un trabajo con una jornada ilegal

No se puede excluir de la bolsa de empleo a una persona que ha rechazado un trabajo por tener una jornada ilegal. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Ciudad Real así lo ha establecido en una sentencia en la que da la razón al trabajador que tendrá que ser indemnizado por estar durante 15 meses sin recibir una oferta. El motivo es que le habían sacado de la bolsa de empleo por no aceptar un puesto en el que tenía que ejercer durante 65 horas seguidas como enfermero.

Una mañana el trabajador recibió una llamada del Servicio de Bolsa de la Gerencia de Atención Integrada de Ciudad Real para ofrecerle su nombramiento como enfermero por el listado de corta duración. Su jornada laboral abarcaba desde las 15 horas del viernes dos de noviembre hasta las ocho horas de la mañana del lunes 15 de noviembre de 2018. Es decir, 65 horas ininterrumpidas (17+24+24).

Según consta en la sentencia, el enfermero consideró que la jornada se excedía mucho de la duración máxima (48 horas seguidas) y no garantizaba su derecho al descanso entre jornadas que determina el Estatuto Marco. Por ello, lo rechazó considerando que su renuncia estaba justificada y le preguntó al administrativo que se la propuso si se iban a ofrecer otros puestos para ese día. Desde el otro lado del teléfono, le contestó que sí se iban a ofertar más empleos pero que a él solo iba a ofrecerle ese, y que si no lo quería, le sancionaría.

Patricia del Águila Barbero, El País

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