Los trabajos que permiten jubilarse de forma anticipada y con una menor penalización

Los trabajos que permiten jubilarse de forma anticipada y con una menor penalización

El Gobierno ha dejado claro que una de las bases sobre la que se va a asentar la próxima reforma del sistema de pensiones será el de penalizar la jubilación anticipada. Actualmente las negociaciones con sindicatos y patronal están «atascadas», pero el propósito del Ministerio de Seguridad Social sigue estando claro: evitar que un trabajador adelante su retiro laboral. Para ello la idea está definida, esencialmente, y consistiría en calcular el coeficiente reductor por cada mes de anticipo que se adelante la jubilación con respecto a la edad indicada.

Actualmente, y hasta que se modifique la normativa, esta penalización es trimestral. Además, el ministerio que dirige Escrivá quiere que se premie la jubilación demorada, es decir, que un trabajador vea reconocido el periodo de tiempo que alarga su vida en activo. Pese a los planes del Gobierno de Pedro Sánchez existen una serie de trabajos que permiten una jubilación anticipada sin penalización. Estas profesiones están reconocidas por la Seguridad Social y según el periodo trabajado se puede adelantar en un tiempo equivalente la edad de jubilación.

La parte esencial es que cada profesión tiene un estatus diferente para proceder a la jubilación, o al menos habría grandes diferencias entre diferentes trabajos. La Seguridad Social reconoce que una serie de trabajadores pueden optar a jubilarse de forma anticipada sin que su pensión se vea penalizada, poniendo en valor la labor realizada durante la etapa laboral.

No es que se trate de una situación especial, sino que se establece de forma genérica para todas las profesiones afectadas que «la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca, se encuentren en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplan los demás requisitos generales exigidos«.

¿Cuánto tiempo se permitirá adelantar la jubilación? Ese cálculo que permitirá dar con la edad odinaria de jubilación será el resultado de un periodo equivalente al que resulte de aplicar el tiempo efectivamente trabajado en cada categoría o especialidad profesional.

Los trabajos afectados son 6 y son los siguientes:

Mineros: No todo trabajador minero podrá acogerse a esta situación. Únicamente los que estén adscritos al Estatuto del Minero. De esta forma y si se acredita de forma correcta se aplicará aplica un coeficiente reductor que oscila entre el 0,05 y el 0,50 en función de la peligrosidad y toxicidad.

Policía local: Los agentes contarán con un coeficiente reductor del 0,20 por los años completos trabajados. La jubilación se puede adelantar hasta 5 años e incluso 6 si el agente cuenta con 37 años de actividad laboral efectiva y cotizada.

Bomberos: El coeficiente reductor será del 0,20 a los años trabajados, mientras que no se podrá optar a la jubilación antes de los 60 años, o 59 si se acreditan 35 años de cotización.

Trabajadores aéreos: En este sector se dan los coeficientes reductores más altos de esta posibilidad de adelantar la jubilación. En pilotos y segundos pilotos será del 0,40, mientras que se establece del 0,30 en mecánicos, operadores y fotógrafos aéreos. Todos ellos trabajadores incluidos en la Ordenanza Laboral del personal de las compañías de trabajos aéreos.

Trabajadores ferroviarios: Los jefes de máquina, maquinistas, ayudantes de maquinista de locomotora de vapor y oficiales caldereros en depósito tendrán un coeficiente reductor del 0,15 y del 0,10 para el resto de puestos.

Artistas: Cantantes, trapecistas y bailarines pueden jubilarse a los 60 años sin aplicar coeficientes reductores, siempre que hayan trabajado un mínimo de 8 años durante los 21 anteriores a la jubilación.

Fuente: Las Provincias

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