La temporalidad no da tregua a la sanidad: 42.000 interinos más en 2 años

La temporalidad no da tregua a la sanidad: 42.000 interinos más en 2 años

La temporalidad en el sector de la sanidad es el principal problema para los profesionales, que encadenan contratos sin conseguir una plaza fija. De hecho, a pesar de los esfuerzos realizados por los sindicatos, que han firmado acuerdos con el Gobierno para reducir la temporalidad hasta el 8 por ciento; el número de interinos ha crecido en los últimos tres años.

Según los datos que maneja Gracia Álvarez, secretaria de Salud, Servicios Sociosanitarios y Dependencia de FeSP-UGT, de 2017 a 2019 el número de interinos ha crecido en 42.005 temporales más, casi un 20 por ciento más.

Tal y como relata Álvarez a este medio, en 2017 había un total de 184.697 temporales. Una cifra que ha ido creciendo hasta los 226.702 registrados en 2019.

De forma paralela, en 2017 había 289.492 funcionarios o fijos en el sector de la sanidad. Al contrario de los temporales, estos se han reducido hasta los 271.523, por lo que se ha perdido empleo estable.

En el caso de los laborales, también se han reducido las contrataciones, pasando de los 16.320 de 2017 a los 11.955 de 2019.

Eliminar la tasa de reposición

Álvarez lamenta este «aumento» y cree que «se siguen contratando más temporales» y hay que buscar las causas en las tasas de reposición. «Si la gente se jubila y no se reponen las plazas, no se recuperan los empleos fijos», argumenta la responsable de UGT, que aboga por eliminar la tasa de reposición.

Además, señala otro problema que las Administraciones deberían solucionar para acabar con la temporalidad del sector. «Falta agilidad en la resolución de las OPE (Oferta Pública de Empleo). La gente se presenta a una y, como no se resuelve a tiempo, se presenta a la siguiente. Luego, tiene que renunciar a una y se pierde la plaza», explica a Redacción Médica; y añade: «Las OPE van tan lentas que, hasta que se resuelvan, las bolsas de temporales van aumentando».

Otro de los aspectos señalados por Álvarez es el artículo 90.3 del Estatuto Marco, «en el que se contemplan los contratos temporales y se dice que se evaluará la necesidad de que sea fijo en la plantilla», explica.

Fuente: Esther Ortega, Redacción Médica

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