03 Oct Hipotecados IRPH: tres escenarios si el TJUE les da la razón y cómo afectará a sus bolsillos
Cerca de un millón de hipotecados miran ansiosos hacia Luxemburgo. A finales de año o principios de 2020, se espera que el Tribunal Superior de Justicia de Europa (TJUE) se pronuncie sobre la enésima batalla judicial de los hipotecados contra la banca. El protagonista, en esta ocasión, el ya famoso IRPH.
El pasado 10 de septiembre se conoció el esperado dictamen del abogado general, cuya opinión suele tener en cuenta el TJUE a la hora de tomar sus decisiones, aunque no siempre ha sucedido así. Maciej Szpunar declaró que el IRPH puede no ser un índice transparente para quienes lo contrataron, por lo que corresponderá a los jueces decidir si lo consideran «abusivo».
Si finalmente la Justicia europea falla a favor de los hipotecados, ¿cuánto tendrán que devolver los bancos a los afectados?, ¿cuánto dinero podrá reclamar cada hipotecado? La respuesta no es sencilla, puesto que, aunque el TJUE dé la razón a los hipotecados, será fundamental qué opciones se ponen sobre la mesa si un juez declara abusivo el IRPH.
Según explica Pau A. Monserrat, profesor de la Universitat de les Illes Balears y economista especializado en productos financieros y socio en Futur Finances, podríamos encontrarnos ante tres escenarios posibles. Y basándonos en dichos escenarios, este experto ha calculado las devoluciones, tomando como base una hipoteca de 180.000 euros, a 30 años, contratada en enero de 2006, con revisiones anuales a IRPH + 0,25%. Según estos cálculos, la devolución podría oscilar entre un máximo de algo más de 70.000 euros y un mínimo de 20.000.
Pero vayamos por partes, ya que aunque cabe la posibilidad de que el TJUE dé la razón a la banca y considere que el IRPH es un índice oficial, transparente y no abusivo, si no es así, ¿ante qué escenarios nos podemos encontrar?
Si la Justicia europea considera, al igual que el abogado general, que cada juez deberá valorar la abusividad o falta de transparencia en cada caso concreto, se abren tres escenarios posibles una vez declarado abusivo el IRPH. ¿Qué se debe hacer con él?, ¿eliminarlo del contrato?, ¿sustituirlo por otro índice?… Este aspecto es clave y determinará el importe que cada hipotecado podrá reclamar.
1.- «Conociendo la práctica judicial en otros casos, si el TJUE se pronunciara de forma similar a la CE, al final los efectos económicos de considerar abusivo el IRPH en cada caso acabarían en el Tribunal Supremo, que se decantaría por la opción menos lesiva posible para la banca, sin contravenir a Europa. Es decir, en caso de que un juez considere abusivo el IRPH de un préstamo hipotecario, cabe aplicar el euríbor más el diferencial pactado en el caso del IRPH«, explica Monserrat.
2.- Si el TJUE, en cambio, replica las conclusiones de su abogado general, dejará en manos del TS las consecuencias económicas, situación que podría llevar a que se aplicara el euríbor, pero con un diferencial medio aplicado a este tipo de hipotecas, superior al del IRPH.
3.- Este experto tampoco descarta un tercer escenario, que es la otra posibilidad que da la Comisión Europea en su informe contrario al IRPH. Que el contrato pueda subsistir sin el IRPH si este se declara abusivo. Por lo que nos encontraríamos ante una hipoteca sin interés.
Con base en estos tres posibles escenarios, y considerando la retroactividad y el cobro de los intereses legales por las cantidades pagadas de más, Pau A. Monserrat ha calculado qué cantidades podría reclamar un hipotecado con un IRPH declarado abusivo por un juez. Los cálculos los realiza para una hipoteca con un importe inicial de 180.000 euros firmada en enero de 2006, a 30 años, con revisión anual e indexada al IRPH de entidades + 0,25%.
Elena Sanz, ElConfidencial
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