09 Jul ¿Es posible denegar una excedencia por cuidado de hijo cuando el trabajador la solicita para trabajar en otra empresa?
Supuesto de hecho:
- Sin embargo, la empresa denegó la solicitud de excedencia al entender que la trabajadora no podía utilizar esa figura para incorporarse a otro puesto de trabajo y procedió a la extinción de su relación laboral.
- La trabajadora acudió a los Tribunales solicitando su derecho a la concesión de excedencia por cuidado de hijo solicitada al entender que la misma es perfectamente compatible con un nuevo trabajo que permita una mejor conciliación de la vida laboral y familiar.
Consideraciones jurídicas:
- En primer lugar, el Juzgado recuerda que la excedencia por cuidado de hijo menor de tres años es un derecho absoluto de los trabajadores que no exige más justificación a la empresa que la existencia de ese menor, por lo que la concesión de este derecho debe concederse sin exigir más requisitos.
- Por tanto, acreditada la dependencia de un menor de esta edad a su cuidado, es a la empresa a quien corresponde la carga de probar los hechos que impidan, extingan o enerven la eficacia jurídica de los anteriores hechos.
- En este sentido, aunque la excedencia deba ser autorizada por la empresa, la misma debe concederse cuando se acredite tener un hijo menor de 3 años a su cargo, sin necesidad de probar que no va a desempeñar un trabajo por cuenta ajena mientras se encuentre excedente o cualquier otra circunstancia.
- De esta forma, el Tribunal considera que la excedencia por cuidado de un menor, cuando la actividad que se realice (ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia), sea compatible con el cuidado del hijo no es causa que impida el reconocimiento de esta excedencia.
- Por último, añade la sentencia, la trabajadora también tiene derecho a compensar la pérdida de ingresos que ocasiona la excedencia con un trabajo más liviano o con mejor horario y distribución de jornada que facilite el cuidado de su hijo.
Conclusión Lex@:
Fuente: Grupo Lexa, LegalToday
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