Cinco pasos en los que el autónomo mete la pata (y sus consecuencias)

Cinco pasos en los que el autónomo mete la pata (y sus consecuencias)

Darse de alta como autónomo es la fórmula jurídica más sencilla para poner en marcha un negocio. Es la más económica y la más ágil, con lo que los trámites también son más sencillos. Sin embargo, existen diversos matices que pueden complicar el proceso. O, lo que es peor, llevarnos a errores en el alta que nos gestionen pérdidas de tiempo extra, tributación errónea o dejar escapar ciertas ayudas.

Para explicar cómo prevenirnos ante estos errores hemos acudido a una completa información elaborada por la asesoría AyudaTPymes, que ha publicado en su web Gestron. Repasamos, en base a sus datos, algunos de los errores más comunes que detectan en su asesoría, con el objetivo de evitar que los repitan futuros profesionales por cuenta propia.

Lo primero que debemos recordar es que, para poder emprender un negocio, debes estar dado de alta como trabajador autónomo en el RETA, así como en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria. Pero dependiendo de cómo se realicen estos pasos podemos incurrir en fallos que marcarán el futuro de la actividad.

El alta no tiene carácter retroactivo

Debes tener muy claro que no es posible iniciar tu actividad sin estar dado de alta como autónomo. Si lo haces, y luego al darte de alta indicas que tu actividad se inició en meses anteriores no podrás optar a las bonificaciones vigentes, como la tarifa plana. Estamos hablando de un ahorro muy importante para el profesional, por lo que es imporante prestar atención a este aspecto.

¿Cómo? Según estos asessores, lo correcto es tramitar tanto el alta en Hacienda como en la Seguridad Social con al menos un día de antelación al inicio de tu actividad. Del mismo modo, deberás tener en cuenta que hay que darse de alta en ambos sitios, en Hacienda –como empresario- y en la Seguridad Social –como trabajador del Régimen Especial del Trabajo Autónomo-.

Será este momento (y sólo este) cuando deberás solicitar el acceso a las bonificaciones o descuentos que te correspondan, como la tarifa plana en la cotización a la Seguridad Social para nuevos autónomos. Si no lo haces, y tu alta se tramita, no podrás aplicarte ninguna bonificación.

Asegúrate de darte de alta en el epígrafe correcto

A la hora de darte de alta, debes indicar cuál va a ser tu tipo de actividad. Deberás seleccionar los epígrafes del IAE y el CNAE que se correspondan con tu actividad, para evitar cualquier sorpresa en el futuro y para aplicarte correctamente el IVA, entre otras cosas.

Otro error: no indicar que trabajas desde casa

Si vas a operar desde casa, tendrás que indicar en los modelos 036 o 037 los metros cuadrados de tu vivienda que dedicarás a tu actividad. Solo así podrás deducirte una parte de los gastos de luz, agua o gas.

Elige bien la mutua

También es aconsejable elegir una mutua, que es obligatoria a la hora del alta, de manera consciente. Factores como la cercanía o las prestaciones entran en juego y deberán ser valoradas por el profesional. Es muy común que el profesional, al ser cuestionado, responda a la ligera a una cuestión que posteriormente es vital, en el caso de sufrir algún accidente laborar o enfermedad derivada del trabajo.

¿Tendrás clientes externos?

Otro aspecto importante que nos recuerdan desde esta asesoría es el hecho de valorar si vamos a trabajar, o no, con clientes de fuera. El hecho de estar de alta como autónomo no te habilita automaticamente para facturar a clientes europeos.Para hacerlo, deberás estar inscrito en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), lo que facilitará tu entrada en este sistema específico de IVA. De este modo, no tendrás que incluir este impuesto en tus operaciones, pues estarás exento.

Fuente: El País

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