Qué puedes hacer y cuáles son tus derechos como trabajador si tu empresa entra en suspensión de pagos o en concurso de acreedores

Qué puedes hacer y cuáles son tus derechos como trabajador si tu empresa entra en suspensión de pagos o en concurso de acreedores

La suspensión de pagos se produce justo antes del concurso de acreedores, el cual permite congelar los pagos pendientes y la búsqueda de un acuerdo entre las partes.

La declaración concursal no significa necesariamente que se paralice la actividad, así que los empleados deben acudir a su puesto mientras no reciban la notificación que corresponda.

Los trabajadores pueden solicitar al juez un ERTE o un despido colectivo, así como pueden ejercer de acreedores si existen nóminas o indemnizaciones por abonar.

Los salarios que no hayan sido percibidos antes de que el concurso sea efectivo se consideran de pago preferente respecto a las deudas ordinarias.

Quiebra, bancarrota, cierre del negocio, desaparición de la sociedad… Son conceptos que, lamentablemente, forman parte de la cotidianidad que impone el coronavirus. Además de estar relacionados, en todo caso, con los problemas económicos en la empresa, la falta de liquidez y la aparición de deudas.

A ellos se unen otras fórmulas cuya aplicación conlleva obvias consecuencias laborales. Te contamos qué puedes hacer y cuáles son tus derechos como trabajador si tu empresa entra en suspensión de pagos o en concurso de acreedores.

Qué es la suspensión de pagos

Antes de resolver ambos interrogantes, conviene saber qué implica cada una de esas figuras jurídicas.

“La suspensión de pagos se produce cuando una empresa no puede hacer frente a sus deudas, por falta de liquidez. Una vez se produce esta situación, se procede a realizar un proceso concursal, también llamado concurso de acreedores”, explican desde Gedesco.

Qué es un concurso de acreedores

Es decir, que la suspensión de pagos se produce justo antes del concurso de acreedores, al que pueden acogerse los negocios que no son capaces de satisfacer sus deudas. Ésta fórmula permite congelar el pago de las deudas y abre la posibilidad de llegar a un acuerdo entre las partes sobre el modo de pagar el importe pendiente, según desarrollan desde la compañía de financiación mencionada.

Asimismo, se trata de una herramienta con la que se pretende evitar la desaparición de la sociedad.

Tanto la suspensión de pagos como el concurso de acreedores, no obstante, dada su propia naturaleza, se sitúan un peldaño por encima en cuanto a gravedad de los ahora también habituales expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), aunque éstos pueden aprobarse en el contexto de los primeros.

El trabajador, acreedor cuando hay nóminas pendientes

El concurso puede ser voluntario -cuando lo solicita la propia empresa- o necesario, al ser demandado por un acreedor de la misma que exige el abono de un impago. Al trabajador, que puede ejercer esta posibilidad por nóminas pendientes, no le afecta que sea una modalidad u otra.

El empleado debe seguir acudiendo a su puesto de trabajo

Eso sí, hay que tener presente que “la declaración de concurso no paraliza el funcionamiento de la empresa, por lo que hasta que no se indique lo contrario, los trabajadores deben acudir a su puesto”, subrayan los abogados de cuestioneslaborales.com.

Sin embargo, “excepcionalmente, en algunas ocasiones, el administrador concursal -que sustituye o acompaña a la dirección original de la empresa- les permite no acudir al puesto de trabajo otorgándoles permisos retribuidos. Pero para que se dé esa posibilidad, el trabajador tiene que recibir una notificación”, amplían.

Derechos del trabajador en un concurso de acreedores

“Una de las mayores potestades que se conceden en un concurso a los trabajadores es la posibilidad de solicitar al juez un ERE temporal de suspensión de contrato o un ERE de extinción (un despido colectivo)”, desvelan los citados expertos.

En este último caso, la indemnización que les corresponde a los empleados es, como mínimo, de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades.

¿Derecho de rescisión de contrato?

Por su parte, Mariano Salinas, de Cerem, indica que, cuando se produce un cambio sustancial de las condiciones de trabajo (reducciones de jornada y salario o modificaciones de turno) a escala colectiva, “los empleados no dispondrán del derecho a la rescisión de contrato”.

Del mismo modo, “no podrá cobrarse la indemnización cuando se produzca un traslado dentro de la misma provincia y a menos de 60 kilómetros de distancia”, concreta el abogado y docente en esa escuela de negocios.

¿En qué posición de la lista de acreedores queda el trabajador para cobrar?

Una de las dudas que surge de forma más recurrente en el escenario del concurso de acreedores es el orden en que éstos cobran. En lo que se refiere a los empleados, “tienen derecho a percibir los salarios que se devenguen desde la declaración del concurso. Igualmente, aquellas cantidades en concepto de salarios que no hayan sido abonadas con carácter previo a la declaración de concurso gozan de un privilegio de calificación y, por tanto, de pago preferente respecto al resto de acreedores ordinarios”, desentraña Leticia Claramunt, especialista mercantil de ILP Abogados.

El Fondo de Garantía Salarial: así cubre a los trabajadores en caso de impago

¿Qué ocurre si finalmente la empresa entra en concurso de acreedores y no tiene liquidez para el pago de las nóminas y, de haberlas, las indemnizaciones adeudadas a sus trabajadores? Pues que interviene el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) con los topes que recuerdan desde Legálitas:

  • Respecto a los salarios, el límite será la cuantía resultante de la multiplicación del doble del salario mínimo interprofesional (SMI) diario (con inclusión de las pagas extra) por el número de jornadas laborales pendientes de pago (máximo, en este aspecto, de 20 días).
  • El tope en indemnizaciones será de una anualidad y el sueldo diario, base del cálculo y que incluye las pagas extra, no pudiendo rebasar el doble del SMI.

“El administrador concursal debe incluir, en cualquier caso, los créditos de los trabajadores en la lista de acreedores del concurso, estableciendo, además, su prioridad en el cobro”, concluyen desde ese despacho de abogados.

Fuente: Javier Moronatti, Business Insider

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