23 Mar Guía para solicitar la prestación por cese de actividad de los autónomos por el COVID-19
El Gobierno ha aprobado una prestación de cese de actividad específica para los trabajadores autónomos a los que las medidas del Estado de Alarma les ha suspendido la actividad o para aquellos cuyo negocio se ha visto notablemente afectado por la crisis del coronavirus. De momento, estas son las cuestiones fundamentales sobre esta nueva ayuda
¿Quién la puede cobrar?
Todos los trabajadores por cuenta propia o autónomos cuyas actividades hayan quedado suspendidas por la declaración del estado de alarma (según el anexo del RD 463/2020) o en el caso de que su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida al menos un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior. Este segundo requisito podría tener algún ajuste en los próximos días, aunque no es seguro.
También están incluidos entre los beneficiarios, los autónomos con trabajadores a su cargo que hayan tenido que cerrar por la declaración del estado de alarma o sufrido una reducción de su facturación al menos de un 75%. Si bien para beneficiarse de ella deben presentar un ERTE para sus trabajadores y solicitar a su vez esta prestación extraordinaria.
Igualmente, están incluidos los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial del mar, así como los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado.
Fuente: El País
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