13 May ¿En qué situación queda el trabajador durante el ERTE?
El trabajador pasa a cobrar la prestación por desempleo los días de duración del expediente. La percepción se mantiene como hasta ahora, estableciéndose en el 70% de la base reguladora durante los primeros 6 meses y el 50% a partir del séptimo mes. Además, existen mejoras de estas cuantías en caso de tener hijos menores a cargo.
La base reguladora de la prestación será la resultante de computar el promedio de las bases de los últimos 180 días cotizados o, en su defecto, del período de tiempo inferior, inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo.
Sin embargo, dadas las circunstancias excepcionales de la situación, el Gobierno ha modificado dos puntos importantes relacionados con la prestación:
* Aquellos trabajadores que no habían cotizado el tiempo suficiente para acceder a la prestación por desempleo, podrán acceder a ella en los casos de ERTE por causa de fuerza mayor relacionados con la emergencia sanitaria.
* El tiempo de paro no se descontará de prestaciones futuras.
Además, podrán acogerse a las medidas aquellas que tengan la condición de socias trabajadoras de sociedades laborales y de cooperativas de trabajo asociado que tengan previsto cotizar por la contingencia de desempleo.
Información elaborada por Almudena Sánchez Betés, directora del Área Fiscal de CE Consulting, y Gemma Martos, directora del Área Laboral de CE Consulting.
Fuente: Expansión
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