Aplazamiento o moratoria de la cuota a la Seguridad Social: ¿Cuál le interesa más al autónomo?

Aplazamiento o moratoria de la cuota a la Seguridad Social: ¿Cuál le interesa más al autónomo?

El Estado de Alarma por el COVID-19 ha dejado en un impasse a la economía española y a cientos de miles de negocios, que están cerrados pero que tienen que seguir haciendo frente a sus obligaciones fiscales. El pago de impuestos, la presentación de diferentes modelos tributarios, la declaraciones de IVA o el abono de la cuota a la Seguridad Social son trámites que los autónomos deben seguir realizando, a pesar de la situación excepcional que están viviendo.

No obstante, desde el Gobierno han ido poniendo en marcha diferentes medidas para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones que, a pesar de todo, no han terminado de convencer a las asociaciones representativas de autónomos y empresarios, pues no eran exactamente lo que pedían.

Hasta la fecha, el Ejecutivo ha aprobado la puesta en marcha de cuatro importantes medidas para atrasar, de una u otra forma, el cumplimiento de las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social de los trabajadores autónomos, para que éstos puedan tener más liquidez y posponer los trámites que implica la presentación de las autoliquidaciones y cotizaciones. Las más esperadas fueron éstas últimas. Las asociaciones llevan más de cinco semanas instando al Gobierno a que suprima la cuota a los autónomos. Todavía no lo ha hecho pero sí ha dado la posibildidad de posponer el pago de estas cotizaciones a través de dos medidas.

Uno de ellas fue lmoratoria del pago durante seis meses de las cotizaciones a la Seguridad.  A través del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, el Gobierno dio a los autónomos la posibilidad de que atrasasen el pago de su cotizaciones a la Seguridad Social en los meses de mayo, junio y julio. La medida se debe solicitar en los primeros días de cada mes y no está sujeta a ningún interés.

En el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, se encuentra también otra medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones: el aplazamiento de la deudas contraídas con la Seguridad Social.  En este caso, también permite a los autónomos solicitar un aplazamiento del abono de la cuota de los meses de abril y junio. En este caso, se da amplía una posibilidad que ya tenían los trabajadores por cuenta propia, pero que el Ejecutivo mejoró estableciendo un interés del 0,5%.

Por tanto, y de cara a paliar los posibles problemas de liquidez que pudieran tener los autónomos por la crisis del coronavirus el Gobierno les da dos posibilidades para postergar sus obligaciones con la Seguridad Social :aplazamiento y moratoria. Pero, ¿Cuál de ellas conviene más al trabajador por cuenta propia?

Dos medidas muy parecidas para retrasar el pago de la cuota

El aplazamiento y la moratoria de las obligaciones del autónomos con Seguridad Social son dos medidas muy parecidas. Ambas tienen la misma finalidad: que el dueño de un negocio disponga durante más tiempo de algo de liquidez, al no tener que hacer frente al pago de sus cuotas de, por lo menos, 286 euros.  Si bien son muy similares, también tienen diferentes condiciones, que las hacen en algunos momento incompatibles.

Lo primero que hay que saber, antes de decidirse entre una u otra, es que tienen fechas de vigencia distintas. La moratoria de la cuota sólo se puede solicitar durante los meses de mayo, junio y julio; y el aplazamiento en abril, mayo y junio. Esto obliga al autónomo a decantar por una de ellas en los meses de mayo y junio. En lo que respecta al mes de abril sólo podrían acogerse al aplazamiento, y en el de julio exclusivamente a la moratoria.

Una de las características que tienen en común las dos medidas es que ambas deben ser solicitadas por el autónomo, o por una tercera persona en su nombre, antes de los diez primeros días naturales previos al abono de la cuota. Otra de las diferencias importantes es que, mientras que el aplazamiento está abierto a todos los trabajadores autónomos, el acceso a la moratoria está restringido a una serie de requisitos que deben cumplir el profesional por cuenta propia (las condiciones se establecerán en una orden ministerial que aún no ha sido publicada).

Aparte de los plazos de solicitud y las limitaciones de acceso, la moratoria y el aplazamiento de la cuota tienen, según el director jurídico de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Carlos Piñero,  una diferencia muy importante: “mientras que la moratoria de la cuota no está sujeta a ningún tipo de interés, el aplazamiento tiene un interés del 0,5%” .

Sin embargo, y pesar delos intereses que tiene el aplazamiento (que son siete veces más bajos que antes del Estado de Alarma), esta medida tiene una ventaja frente a la moratoria en cuanto al modo de pago. Los autónomos que soliciten la moratoria deberán pagar, en el plazo de seis meses, la cuota no cobrada. Por ejemplo: un autónomo que cotice por la base mínima y que solicite este medida para el mes de mayo, deberá abonar en el mes de noviembre: 573,5 euros directamente.Mientras que si solicita el aplazamiento puede pedir un fraccionamiento y todos lo meses ir abonando parte de la cuantía que debe.

Ambas medidas pueden ser utilizadas por los autónomos indistintamente, siempre y cuando no se soliciten en el mismo mes. Es decir, un autónomo no puede solicitar en el mes de junio el aplazamiento y la moratoria en el pago de su cuota. Pero sí puede, por ejemplo, pedir el aplazamiento en abril y la moratoria en junio.

Ninguna de las dos convence a los autónomos

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) publicó recientemente una encuesta en la que pidió a los autónomos que valorasen las medidas adoptadas por el Gobierno. Una de las principales conclusiones del estudio fue que ninguna de las iniciativas es suficiente o efectiva para el colectivo de autónomos. De hecho, el 80,26% de los trabajadores por cuenta propia suspende, con una media de un 2,67 sobre 10, las medidas adoptadas por el Gobierno en materia de autónomos.

Además, la Federación pidió a los encuestados que puntuasen del uno al cinco las medidas y ninguna de las iniciativas (ni el cese de actividad extraordinario, ni las ayudas del ICO, ni la mejora de los ERTEs, ni los aplazamientos y ni siquiera la moratoria de la cuota) llegó a conseguir más de un 2,5. Pero es que además, entre las peores valoradas se encuentra, con un 1,86, la moratoria del pago de la cuota a la Seguridad Social. Tal es la decepción del colectivo con esta media, que el 62,7%, afirma no haberla solicitado, ni tener intención de hacerlo.

Fuente: Ivana Haro, Autónomos y emprendedor

 

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