20 Ene ¿Cómo podría afectar a los autónomos la derogacion de la reforma laboral?
Durante su toma de posesión, la nueva ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, afirmó que una de las prioridades del Ejecutivo, más en concreto de su departamento, era “derogar la Reforma Laboral”. Afirmación que fue más allá de los acuerdos para la gobernabilidad adoptados por el Partido Socialista y Unidas Podemos.
Éstos recogen, tal y como confirmó dos días después la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, la necesidad de “ajustar” los aspectos más lesivos de la citada Reforma aprobada por el Partido Popular en 2012. Se refería Calviño a aquellos que “han llevado a abusos”.
Según lo establecido en el documento firmado por Pedro Sánchez y Pablo Iglesias son cinco los puntos que se invalidarían:
- Derogación de la posibilidad de despido por absentismo causado por bajas por enfermedad.
- Derogación de las limitaciones al ámbito temporal del convenio colectivo, haciéndolo llegar más allá de las previsiones contenidas en el mismo, tras la finalización de su vigencia y hasta la negociación de uno nuevo.
- Derogación de la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales. Es decir, prevalecerá el convenio del sector sobre el de la propia empresa.
- Modificación del artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores sobre contratación y subcontratación laboral a efectos de limitar la subcontratación a servicios especializados ajenos a la actividad principal de la empresa.
- Limitación de la capacidad de modificación unilateral de las condiciones del contrato por parte de la empresa.
- Revisión del mecanismo de inaplicación de los convenios colectivos, orientándolo a descuelgue salarial vinculado a causas económicas graves.
Por otra parte, en declaraciones a la cadena de televisión La Sexta, Díaz explicó que no descarta recuperar las indemnizaciones de 45 días por año en el caso de los despidos improcedentes.
Aunque, a priori, puede parecer que estas cuestiones no afectarían demasiado a los autónomos, la realidad es bien distinta. Volver a la rigidez previa a la reforma de 2012 afectará especialmente a, aproximadamente, un millón de autónomos societarios y 438.833 autónomos persona física que cuentan con uno o más empleados a su cargo. Y no precisamente de manera positiva, según coincidieron los expertos consultados por Autónomos y Emprendedores. “Cuantas más trabas haya, menos se contratará”, aseguró el abogado laboralista Alberto Ara.
Los dos puntos que más afectan al colectivo
Modificar el artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores relativo a la subcontratación y derogar el despido por absentismo son las cuestiones que más perjudicarían al colectivo.
En el primero de los casos, el daño tendría una doble vertiente y afectaría a todos los autónomos, no sólo a los societarios y empleadores. Si se aplica en toda su extensión -tal y como está redactado en el acuerdo- impediría a muchos subcontratar servicios a terceros que les permitieran atender los pedidos o dar servicio a sus clientes.“Endurecer las condiciones de la subcontratación puede generar una caída de actividad en los negocios”, explicó Alberto Sierra, abogado y director del área laboral de la Editorial Jurídica Sepin.
A esto, Ara añadió que “se incrementarían los costes laborales para quienes subcontratan”. Hay que tener en cuenta que, para momentos de picos de trabajo, los costes de subcontratar servicios especializados son inferiores a los que supone incorporar a un empleado con carácter temporal.
La segunda de las consecuencias sería que “los autónomos que prestan sus servicios a terceras empresas perderían ingresos”, señaló Ara. Es el caso de la construcción, donde las empresas subcontratan a electricistas, fontaneros e incluso arquitectos para realizar determinadas obras.
Endurecer el despido por absentismo
Con respecto a la derogación del despido por absentismo a causa de bajas continuadas por enfermedad -que en 2018 costaron 77.641 millones de euros a las empresas, según la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo-, el director de laboral de la Editorial Jurídica Sepín, explicó que “limitará, sin duda, la contratación y podría suponer un incremento de los abusos por baja laboral”. Es más, “¿Qué margen de actuación tendría un autónomo con un empleado que incurre en este tipo de faltas, no puede despedirlo y tampoco tiene suficiencia económica para contratar a un tercero?”, cuestionó.
Sierra, además, advirtió de que, si bien “se están retomando los índices más altos de absentismo después de la crisis” -algo que ocurre porque hay menos temor a perder el puesto de trabajo-, el número de despidos por esta causa es ciertamente bajo, “se ha usado muy poco, menos del 5%”.
Alberto Ara, se pronunció en la misma línea: “Endurecer el despido por absentismo tendrá un mayor impacto negativo en los pequeños negocios que en las grandes empresas, que cuentan con recursos suficientes para cubrir la actividad de los empleados. Si se lleva adelante será una traba más para generar empleo”.
Indemnizaciones de 45 días y convenios sectoriales
Otro de los lastres para la contratación por parte del colectivo de autónomos, que el pasado año generó en torno a 25.000 empleos asalariados, será la ampliación de la indemnización de 45 días por año trabajado (actualmente 33 días) en caso de despido improcedente. “La diferencia en los costes que supone es importante y frenará a muchos”, matizó Ara. E insistió, “cuanto más trabas haya, menos se contratará”. Los expertos apuntan otra consecuencia de elevar la indemnización por despido. En el caso de cierre de un pequeño negocio por causas económicas, «estas altas indemnizaciones encarecen el proceso de cierre e impiden que el autónomo pueda recuperarse y reemprender. Es decir, van contra el objetivo de la segunda oportunidad. Un despido con indemnización de 45 días por año trabajado no repercute igual en un pequeño negocio que en una gran empresa. Antes de que se bajara a 20 días por año trabajado, obligaba a muchos autónomos a hipotecar su casa o a vender el coche para abonar estas indemnizaciones», recuerdan estos expertos.
En cuanto a retomar la prevalencia del convenio sectorial de empresa o las inaplicaciones de convenios, si bien son cuestiones que no afectan demasiado al colectivo de autónomos, Sierra señaló que “no se trata de que prevalezca uno u otro, o de derogar las limitaciones al ámbito temporal, sino de desarrollar mecanismos que permitan a los autónomos y a las pymes ser competitivas. La normativa laboral debe tender a la flexibilización y, para eso, lo primero es dar un giro en el modelo de negociación colectiva en el que se tenga en cuenta el tamaño del tejido empresarial de España”.
Ara explicó que “el 80% del los negocios en España tienen menos de dos trabajadores y no se está valorando cómo les puede afectar cualquier cambio que se produzca. Se piensa en las grandes empresas, no en el autónomo al frente de un pequeño negocio que está generando empleo”.
A este respecto, tanto Sierra como Ara, coincidieron en que hay materias en la reforma laboral que son “enormemente mejorables” pero que “no se puede hacer tabla rasa y todo tiene que aplicarse con cierta mesura”.
Fuente: Beatriz Triper, Autónomosyemprendedor.es
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