27 May ¿Está en manos de la empresa la mejora de nuestra jubilación?
El Sistema de la Seguridad Social tiene por objeto proteger a los españoles y extranjeros que residen y desarrollan su actividad en España frente a las contingencias que puedan sufrir a lo largo de su carrera profesional. Esto incluye el retiro cuando el trabajador alcanza la edad de jubilación. Se trata esta de una acción protectora de carácter público basada en los principios de universalidad, unidad, solidaridad e igualdad.
Junto a este tipo de protección, existen fórmulas de protección complementaria a la ofrecida por la Seguridad Social. Hablamos de los sistemas de previsión social, que tienen por misión complementar las garantías que ofrece el sistema público. Elvira Cano y Jesús Vidán, abogados laboralistas en la prestigiosa firma LABE Abogados, nos explican en qué consisten estos sistemas de previsión social desde un punto de vista jurídico.
¿Qué son los sistemas de previsión social?
Un sistema de previsión social es el conjunto de instrumentos jurídicos dirigidos a atender las necesidades de un trabajador. Es decir, a responder a las contingencias profesionales y no profesionales que pueda sufrir a lo largo de su carrera laboral; incluido el cese en su actividad por jubilación. El objetivo, según nos comentan los profesionales del despacho Labe, es mejorar la posición económica y social del trabajador, protegiéndolo de situaciones de pobreza, enfermedad, incapacidad para trabajar o de la vejez.
A diferencia de la protección que brinda el sistema público de la Seguridad Social, los sistemas de previsión social tienen carácter privado y voluntario. Es decir, requiere de aportaciones individuales realizadas directamente por el propio trabajador o a través de su empresa.
En el ámbito de la empresa, es frecuente el reconocimiento de derechos de previsión social por parte de la empresa respecto de sus trabajadores. De esta manera, esta figura funciona como un instrumento que permite mejorar la situación social y económica del trabajador, al mismo tiempo que afianza su satisfacción con la empresa. En este sentido, es importante señalar que las aportaciones realizadas en concepto de previsión social pueden aplicarse una reducción sobre la base imponible general en el IRPF.
¿Cómo podemos protegernos ante posibles contingencias o prever nuestra jubilación?
En esencia, existen cinco mecanismos de previsión social:
- Planes o fondos de pensiones.
- Mutualidades de previsión social.
- Planes de previsión asegurado.
- Seguros de dependencia.
- Planes de previsión social empresarial.
Los planes de pensiones tienen por objetivo crear un ahorro para el trabajador del que pueda disponer en el momento de su jubilación. Se basa en la integración periódica o puntual de aportaciones al fondo del trabajador, quien podrá rescatar los rendimientos generados al momento de su retiro.
Con idéntico espíritu que los planes de pensiones, los planes de previsión asegurado constituyen un seguro específicamente diseñado para el ahorro dirigido a la jubilación. En virtud de este mecanismo, el trabajador puede acumular progresivamente un capital que recibirá al momento de su jubilación, obteniendo en el proceso una rentabilidad sobre el importe ahorrado.
Las mutualidades de previsión social, por su parte, son entidades aseguradoras que ejercen una modalidad aseguradora de carácter voluntario complementaria al sistema de Seguridad Social obligatoria, mediante aportaciones a prima fija o variable de los mutualistas, personas físicas o jurídicas, o de otras entidades o personas protectoras.
Cuando la empresa cuida a sus trabajadores: plan de previsión social empresarial
El plan de previsión social empresarial se trata de una figura naturalmente instrumentalizada en el entorno de muchas de las empresas clientes de LABE. Es, en esencia, un derecho reconocido por la empresa al conjunto de sus trabajadores.
En concreto, este mecanismo permite a las corporaciones articular compromisos de pensiones con sus empleados en idéntico sentido que en un plan de pensiones individual suscrito por el trabajador. No obstante, esta figura contempla también la posibilidad de proteger económicamente al trabajador frente a las contingencias de incapacidad permanente, gran invalidez o fallecimiento.
Se trata de un instrumento de aportación económica directa periódica o única con tipo de interés, suscrito a iniciativa de la empresa; quien normalmente realiza las aportaciones, si bien también puede complementarlas el propio trabajador.
Con todo ello, los sistemas de previsión social permiten complementar al paraguas de la Seguridad Social, ampliando la protección del trabajador frente a eventuales contingencias y su jubilación. Constituyen, en suma, no solo una herramienta interesante para retribuir al trabajador por sus beneficios fiscales, sino también un interesante mecanismo para fortalecer su compromiso con la misión de la empresa.
LABE Abogados cuenta con un Departamento Laboral orientado a aportar soluciones a empresas de todos los sectores y tamaños. Su equipo multidisciplinar altamente especializado está enfocado a la administración y gestión de personal, así como a la representación empresarial en procedimientos judiciales.
Fuente: El País
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