30 Sep Así son las nuevas ayudas para los autónomos afectados por los confinamientos
El acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las organizaciones de autónomos contempla el mantenimiento del cese extraordinario de actividad para aquellos que tengan que cerrar su negocio o actividad como consecuencia de medidas directas de confinamiento. Este cese también protegerá a los autónomos que tengan que cerrar a partir del 1 de octubre como consecuencia de los rebrotes. Y podrán acogerse a esta ayuda los autónomos cuya facturación se haya desplomado al menos un 75%, aquellos con menos de un año de cotización siempre que sus ingresos no superen el SMI y los autónomos pluriempleados cuyos ingresos totales no superen en 2,5 veces el SMI.
ATA eleva hasta 600.000 el número de autónomos que se beneficiará de las nuevas ayudas y en todos los supuestos se mantendrá el «contador a cero», es decir no se consumirá paro. La cuantía de la prestación sí será menor, ya que se reducirá desde el 70% de la base reguladora que se cobra actualmente al 50%.
«Contador a cero»
El pacto alcanzado también incluye la ampliación del cese de actividad ordinario para todos los autónomos que agoten esta prestación contributiva durante los próximos meses. Todos quedarán protegidos hasta el 31 de enero pero en este caso no se pondrá el «contador a cero» para estos trabajadores. Podrán seguir acogiéndose al cese de actividad ordinario todos los autónomos que acrediten una caída de su facturación del 75% entre octubre y diciembre.
Además, se fija una prestación para los autónomos de temporada similar a la que existió durante los meses de verano. Se considerará autónomo de temporada a aquel que haya estado dado de alta en la Seguridad Social al menos 120 días entre junio y diciembre de 2018 y de 2019. Estos autónomos tendrán una prestación de cuatro meses, desde el 1 de octubre hasta el 31 de enero.
Tarifa plana y pluriactividad también
El preacuerdo también incluye la posibilidad de que tanto los autónomos que están en pluriactividad puedan acceder a la prestación extraordinaria. Son 121.000 trabajadores los que cotizan a la vez como autónomos y como asalariados y el requisito para acogerse a la ayuda extraordinaria es que la suma de ambas retribuciones, es decir, las que ingresan como asalariados y las que ingresan como autónomos, no supere 2,5 veces el SMI. Para acceder a esta nueva prestación no sería necesario tener un periodo mínimo de cotización, por lo que podrían acogerse también los autónomos en tarifa plana y aquellos que estén dados de alta desde hace menos de un año.
Por último, se conservará la posibilidad de cobrar esta prestación mientras se desarrolla la actividad, eso sí, siempre y cuando la retribución mensual del autónomo no supere el salario mínimo, fijado en 950 euros.
«Es un gran acuerdo y ahora podremos parar la sangría. Muchos no podrán aguantar pero a otros muchos les vamos a ayudar», dijo ayer el presidente de ATA, Lorenzo Amor.
Fuente: Susana Alcelay, ABC
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