30 Jul Qué hacer con las notificaciones de Hacienda si eres autónomo y te has ido de vacaciones
Hacienda sigue trabajando durante las vacaciones, y ni siquiera en verano se va a tomar descanso. Por ello, es importante que tengas en cuenta tus obligaciones con la Agencia Tributaria durante esta época, especialmente si eres autónomo.
Es posible que en el mes de agosto recibas notificaciones de Hacienda, y encontrarte en tu período de descanso no es excusa para pasarlas por alto e ignorarlas hasta que vuelvas a tu actividad habitual.
De hecho, este es un problema bastante común cuando los trabajadores autónomos se marchan de vacaciones. Después de unos días de asueto llegan a casa y se encuentran numerosas notificaciones de Hacienda que se han ido acumulando con el paso del tiempo.
Según una sentencia aprobada por el Tribunal Supremo el 13 de mayo de 2015, las comunicaciones que la Agencia Tributaria emite en el mes de agosto sólo son válidas si llegan a conocimiento del interesado. En caso de que este último no se haya percatado de las mismas, Hacienda tendrá que volver a emitirlas.
Eso sí, dependiendo del caso es recomendable que si te encuentras en esta situación acudas a una oficina de la Agencia Tributaria al volver de las vacaciones. Tendrás que explicar que has estado descansando en el mes de agosto y que te avala la sentencia del Tribunal Supremo. Así evitarás sanciones y multas si existen retrasos en un pago.
Solicitar los 30 días de cortesía en las notificaciones de Hacienda
Otra opción que tienes a tu alcance es la de solicitar los 30 días de cortesía que ofrece la Agencia Tributaria. Puedes acceder a esta posibilidad de forma telemática, en la sede electrónica de Hacienda.
Debes tener en cuenta que los días de cortesía tienen que solicitarse con un mínimo de 7 días naturales de antelación al comienzo del período deseado.
El acceso a este trámite requiere de identificación mediante certificado digital o Clave Pin. Una vez lo hayas completado no te llegarán notificaciones de la Agencia Tributaria en los días que solicites, incluyendo sábados y domingos, siendo el máximo anual de 30 días.
Por último, si cuentas con una asesoría los puedes indicar como apoderados para que respondan a las notificaciones pertinentes. Es otra opción de la que puedes disponer.
Fuente: Enrique Fernández, Business Insider
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